Abogado de Arbitraje Nacional e Internacional
El arbitraje internacional es el método preferido de resolución de disputas empresariales transfronterizas: más rápido que litigio judicial, confidencial, ejecutable en 170+ países vía Convención de Nueva York. AP Lawyers representa empresas en arbitrajes ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, ICC, ICDR, LCIA y otros centros internacionales.
Centros de arbitraje que atendemos
- Cámara de Comercio de Bogotá (CAB-CCB): el más prestigioso centro local.
- ICC (Cámara de Comercio Internacional): con sede en París, el centro líder global.
- ICDR (American Arbitration Association): división internacional de AAA.
- LCIA (London Court of International Arbitration): Reino Unido.
- UNCITRAL: arbitraje ad hoc bajo reglas de Naciones Unidas.
- CIADI (ICSID): arbitrajes de inversión Estado-inversionista.
Tipos de arbitraje que manejamos
- Comercial nacional: disputas entre empresas colombianas.
- Comercial internacional: contratos transfronterizos.
- Societario: conflictos entre accionistas, ejecución de acuerdos.
- Inversión extranjera: tratados bilaterales de inversión (BITs).
- Construcción: disputas FIDIC y obras públicas.
- Comercio y distribución: ruptura de contratos, agencia comercial.
Etapas del proceso arbitral
- Cláusula compromisoria o pacto arbitral.
- Solicitud de arbitraje y respuesta.
- Designación de árbitros.
- Audiencias de trámite.
- Etapa probatoria.
- Alegatos finales.
- Laudo arbitral.
- Recursos (anulación) y ejecución del laudo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un arbitraje internacional? +
Varía según centro y cuantía. ICC: tasas de admisión + honorarios árbitros (3-5% del monto en disputa). CCB: tarifas escalonadas más predecibles para casos colombianos.
¿Es ejecutable un laudo arbitral en otros países? +
Sí, vía la Convención de Nueva York de 1958, que tiene más de 170 países signatarios incluyendo Colombia, todos los principales socios comerciales y centros financieros.
¿Cuánto dura un arbitraje? +
Comercial nacional: 6-18 meses. Internacional ICC: 18-30 meses. Inversión CIADI: 3-5 años. Mucho más rápido que litigio judicial ordinario en Colombia (3-7 años).
¿Puedo apelar un laudo arbitral? +
No hay apelación de fondo. Solo recurso de anulación por causales taxativas (falta de competencia, violación al debido proceso, contrariedad al orden público).
¿Cuándo conviene incluir cláusula arbitral en un contrato? +
En contratos comerciales de cuantía relevante, con contrapartes internacionales, en sectores técnicos donde se necesite expertise especializado del árbitro.
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