Constitución de sociedades y redacción de estatutos a la medida
Constituir una sociedad toma poco tiempo; convivir con unos estatutos mal hechos toma años. El documento que se firma el primer día define quién puede vender sus acciones y a quién, qué mayorías se necesitan para endeudar la compañía, hasta dónde llegan las facultades del representante legal y qué pasa cuando un socio se va. Redactamos estatutos a la medida del negocio, constituimos la sociedad y dejamos la parte societaria funcionando desde el registro.
Lo que se decide el día de la constitución
El trámite es corto y las consecuencias no. Los estatutos son el contrato entre quienes van a ser socios, y se negocian bien mientras todos están de acuerdo. Después, cada regla que faltó se convierte en una discusión con alguien que ya tiene un interés distinto. Por eso preguntamos primero cómo funciona el negocio, quién aporta qué, quién va a dirigir y qué pasaría en los tres o cuatro escenarios que suelen romper una sociedad. Los estatutos salen de esas respuestas y no de un formulario.
Qué tipo societario conviene
La sociedad por acciones simplificada resuelve bien la mayoría de los casos, por la libertad que da en los estatutos y porque los accionistas no responden con su patrimonio por las obligaciones sociales, salvo los supuestos en que la ley lo permite. No es, sin embargo, una respuesta automática.
- Sociedad por acciones simplificada, anónima, limitada y demás tipos previstos en el Código de Comercio.
- Sucursal de sociedad extranjera y oficina de representación, cuando la operación local no justifica una filial.
- Estructuras con más de una sociedad, cuando conviene separar el activo de la operación o aislar una línea de negocio.
- Entidades sin ánimo de lucro, cuando el proyecto lo exige.
Las cláusulas donde se juega el futuro de la sociedad
- Objeto y capital. Alcance del objeto social, capital autorizado, suscrito y pagado, forma y plazo de pago de los aportes, y aportes en especie con su avalúo.
- Circulación de acciones. Derecho de preferencia en la negociación y en la emisión de nuevas acciones, autorización previa de la asamblea y restricciones temporales a la venta.
- Mayorías. Qué se decide con mayoría simple y qué exige mayoría reforzada: endeudamiento, venta de activos relevantes, emisión de acciones, cambio de objeto.
- Administración. Facultades del representante legal y sus límites por cuantía o por tipo de acto, suplencias, y si conviene o no tener junta directiva.
- Salidas. Muerte, incapacidad o retiro de un accionista, mecanismo de valoración y destino de sus acciones.
- Conflictos. Cómo se resuelve un desacuerdo entre socios antes de que llegue a un juzgado.
Qué hacemos
- Definición de la estructura. Revisamos la actividad, quiénes son los socios, el origen del capital y los planes de crecimiento, y recomendamos el tipo societario y el número de vehículos.
- Redacción de estatutos. Texto a la medida, con las cláusulas sensibles discutidas una por una con los socios y explicadas en lenguaje que puedan entender sin un abogado al lado.
- Constitución y registro. Documento de constitución, inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio y nombramientos con sus aceptaciones.
- Puesta en marcha societaria. Libro de accionistas y libro de actas, primera acta de asamblea, poderes, matriz de facultades y registro de la inversión extranjera cuando corresponde.
- Reformas posteriores. Aumentos y disminuciones de capital, cambio de objeto, de domicilio o de razón social, y ajuste de los estatutos cuando la operación se apartó del papel.
Qué recibe el cliente
- Los estatutos redactados para su negocio, con una explicación escrita de por qué cada cláusula sensible quedó como quedó.
- La sociedad constituida e inscrita, con su certificado de existencia y representación legal.
- Los libros societarios abiertos, los nombramientos registrados y las aceptaciones firmadas.
- Una lista de las obligaciones societarias que empiezan a correr, con las fechas en que se vencen.
Situaciones típicas que atendemos
- Dos o tres fundadores que quieren dejar por escrito el reparto antes de que el negocio crezca y sea más difícil hablarlo.
- Un empresario que venía operando como persona natural y necesita separar su patrimonio personal del de la operación.
- Una compañía extranjera que va a facturar en Colombia y debe escoger entre sucursal y filial.
- Una sociedad ya constituida con estatutos de formulario que no resisten la entrada de un inversionista.
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