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Contratos de distribución y suministro en Bogotá

La distribución y el suministro son las relaciones que más plata mueven y las que peor terminan cuando el contrato quedó corto: inventario que nadie recibe, clientes que se quedan del otro lado, exclusividades que amarran años. Redactamos, revisamos y renegociamos estos contratos en Colombia, y acompañamos la salida cuando la relación se acaba. El punto crítico casi siempre es el mismo: cómo se termina.

Por qué estos contratos se rompen mal

Un contrato de distribución o de suministro se firma cuando las dos partes están contentas y el negocio apenas empieza. Con los años, una de las dos invierte —bodega, flota, personal, publicidad, base de clientes— y la otra descubre que puede vender directo o cambiar de aliado. El día de la terminación aparecen las preguntas que el contrato no respondió: quién se queda con los clientes, qué pasa con el inventario, cuánto preaviso había que dar, si hay algo que compensar.

Esas respuestas se escriben al principio o las decide un juez después. Nuestro trabajo es que estén escritas.

Distribución

Redactamos y revisamos contratos de distribución con la operación real a la vista: cómo se hacen los pedidos, quién fija el precio de reventa, qué pasa con las devoluciones y quién es dueño de la relación con el cliente final.

  • Territorio y exclusividad. Alcance, canales incluidos y excluidos, ventas en línea y ventas directas del proveedor.
  • Metas de compra. Cómo se miden, qué pasa si no se cumplen y si el incumplimiento libera la exclusividad o termina el contrato.
  • Precios y descuentos. Listas, ajustes, rebates y los límites que impone el régimen de libre competencia a la fijación del precio de reventa.
  • Marca y publicidad. Licencia de uso, aprobación de piezas y qué pasa con el material al terminar.
  • Base de clientes. Quién la construye, quién la conserva y qué se puede hacer con ella después de la terminación.
  • Terminación. Causales, preaviso, recompra de inventario y manejo de pedidos ya cursados.

Agencia comercial: la calificación que hay que decidir a tiempo

En Colombia, un contrato titulado «distribución» puede terminar siendo tratado como agencia comercial según cómo se ejecute en la práctica. La diferencia no es de nombre: el Código de Comercio le reconoce al agente prestaciones a la terminación del contrato que no aplican a un distribuidor ordinario. Por eso revisamos el contrato y también la operación, y advertimos cuándo el riesgo de que la relación sea calificada como agencia es real, para que la decisión se tome antes de firmar y no en un juzgado.

Suministro

En suministro el foco cambia: lo que se protege es la continuidad. Un contrato de suministro sirve si responde qué pasa el día en que el proveedor no entrega.

  • Pedidos, plazos, entregas parciales y penalidades por incumplimiento.
  • Especificaciones de calidad, inspección, aceptación y rechazo de mercancía.
  • Precio, fórmulas de ajuste, moneda y riesgo cambiario cuando hay importación.
  • Garantías del producto y responsabilidad frente a reclamaciones del consumidor final.
  • Fuerza mayor, desabastecimiento y prelación entre clientes cuando el proveedor no alcanza a atender a todos.
  • Compromisos de volumen mínimo y consecuencias de no alcanzarlos.

Exclusividad y libre competencia

Las cláusulas de exclusividad, territorio y no competencia tienen límites. El régimen colombiano de prácticas restrictivas —Ley 155 de 1959, Decreto 2153 de 1992 y Ley 1340 de 2009— condiciona lo que se puede pactar, sobre todo entre competidores o cuando una de las partes tiene posición dominante en su mercado. Revisamos estas cláusulas antes de firmar, porque una exclusividad mal diseñada no solo es inejecutable: puede abrir una investigación.

Qué recibe

  • El contrato redactado o revisado, con las cláusulas de terminación e inventario resueltas por escrito.
  • Un diagnóstico del riesgo de que la relación sea calificada como agencia comercial, cuando aplique.
  • Recomendaciones de manejo durante la ejecución: qué documentar y qué evitar para no crear obligaciones que el contrato no pactó.
  • Si la relación ya se está acabando, la estrategia de salida y las comunicaciones que la soportan.

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