Industria y comercio, predial y demás impuestos territoriales
Dos municipios pueden gravar la misma actividad con reglas, tarifas y calendarios distintos, y cada uno lo hace con su propia normativa. Por eso no existe una respuesta nacional para el impuesto de industria y comercio. Revisamos la operación de la empresa municipio por municipio, definimos dónde se entiende realizado cada ingreso, verificamos tarifas y declaraciones presentadas, y atendemos las discusiones con las secretarías de hacienda.
Por qué el análisis se hace municipio por municipio
La normatividad territorial varía según cada entidad. Un mismo servicio puede clasificarse en una actividad en una ciudad y en otra distinta cincuenta kilómetros más allá, con la tarifa que eso implica. Cuando una empresa tiene establecimientos, obra, personal o clientes en varios municipios, la pregunta deja de ser cuánto se paga y pasa a ser dónde se paga y por qué. Trabajamos sobre la normativa local aplicable a cada jurisdicción en la que la empresa opera.
Territorialidad del ingreso
Aquí aparecen los problemas más caros. La venta se cierra en una ciudad, se despacha desde otra y se factura desde una tercera; el contrato se firma en Bogotá y la obra se ejecuta en otro departamento. Si cada municipio aplica su propia lectura, el mismo ingreso puede terminar declarado dos veces o en ninguna parte, y ambas cosas cuestan.
- Determinación del municipio donde se entiende realizado el ingreso según la actividad de que se trate.
- Ventas con establecimiento, sin establecimiento y a través de terceros, agentes o plataformas.
- Contratos de obra y servicios ejecutados fuera del domicilio principal.
- Revisión de ingresos declarados en dos jurisdicciones y de ingresos que no se declararon en ninguna.
- Criterios para distribuir la base entre municipios y para documentar esa distribución.
Impuesto de industria y comercio
- Clasificación de la actividad y tarifa aplicable en cada municipio donde la empresa opera.
- Revisión de las declaraciones presentadas, de la base gravable y de la causación del tributo.
- Deducciones, exclusiones y tratamientos preferenciales previstos en la normativa local.
- Retenciones y autorretenciones de industria y comercio, como agente y como sujeto retenido.
- Registro y actualización de la información ante la autoridad municipal.
- Efecto de abrir, cerrar o trasladar un establecimiento durante el año.
Predial y los demás tributos territoriales
Alrededor del impuesto de industria y comercio hay una familia de tributos que aparecen en momentos concretos de la operación, casi siempre cuando ya no hay margen para reaccionar.
- Impuesto predial: revisión de la depuración del impuesto y de la aplicación de los límites previstos en la normativa.
- Impuesto de delineación urbana en proyectos de construcción y en ampliaciones.
- Impuesto de registro en los actos sujetos a inscripción.
- Estampillas y demás contribuciones territoriales que gravan la contratación.
Discusiones con la secretaría de hacienda
El frente territorial tiene sus propias actuaciones y sus propios términos, y no siempre coinciden con los de la administración nacional. Asumimos la defensa técnica del contribuyente ante la autoridad municipal en las mismas etapas en que lo hacemos ante la DIAN.
- Respuesta a requerimientos de información y atención de visitas.
- Respuesta a los emplazamientos y a los actos que proponen modificar la declaración.
- Recursos contra liquidaciones oficiales y resoluciones sanción de la autoridad municipal.
- Evaluación de correcciones voluntarias antes de que la discusión se formalice.
- Solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor de origen territorial.
Qué recibe el cliente
- Un mapa de las obligaciones territoriales de la empresa: en qué municipios está obligada, por qué actividad y con qué periodicidad.
- Un concepto escrito sobre la territorialidad de sus ingresos, con el criterio que se sostiene y su fundamento.
- La identificación de las diferencias encontradas en las declaraciones presentadas y de las alternativas para corregirlas.
- Los escritos radicados ante la secretaría de hacienda cuando el asunto ya es un procedimiento.
Situaciones típicas que atendemos
- Una empresa abre operación en municipios nuevos y no sabe dónde debe registrarse ni declarar.
- Dos municipios reclaman el mismo ingreso y la compañía necesita definir un criterio y sostenerlo.
- Un constructor va a iniciar un proyecto y necesita anticipar los tributos territoriales que lo gravan.
- Una compañía con ventas en línea o por terceros no tiene claro cómo distribuir su base gravable.
- Llega un requerimiento de una secretaría de hacienda sobre declaraciones de años anteriores.
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