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Incumplimiento y terminación de contratos en Bogotá

El proveedor dejó de entregar, el cliente no paga, el distribuidor incumplió las metas o usted necesita salir de un contrato que ya no le sirve. Atendemos incumplimientos y terminaciones de contratos empresariales en Bogotá y en todo el país. Lo primero no es demandar: es armar el expediente y usar las herramientas que el propio contrato le da, que casi siempre son más rápidas y más baratas que un pleito.

Lo primero no es demandar

Cuando una relación se rompe, el impulso es llamar a un abogado para demandar. Casi siempre es prematuro. Un proceso judicial o arbitral cuesta dinero, toma tiempo y se gana con prueba, no con indignación. Antes de eso hay dos cosas por hacer: establecer con precisión qué se incumplió y usar lo que el contrato ya pactó para presionar el cumplimiento o para salir en buenos términos.

Además, lo que usted haga en las primeras semanas condiciona todo lo que venga después. Una comunicación mal redactada puede leerse como aceptación del incumplimiento, como renuncia a una cláusula o incluso como un incumplimiento propio.

Diagnóstico del incumplimiento

  1. Qué dice el contrato. Qué obligación se incumplió, cómo estaba definida y qué remedios se pactaron para ese caso.
  2. Qué pasó en la práctica. Muchas veces las partes modificaron el contrato de hecho, con correos y costumbre, y eso pesa. Revisamos correos, órdenes, actas y facturación.
  3. Qué prueba existe. Qué se puede demostrar hoy y qué hace falta documentar antes de que se pierda.
  4. Cuál es su propia exposición. Antes de reclamar hay que saber si la contraparte tiene algo que reprocharle, porque eso define la fuerza real de la posición.
  5. Qué se quiere. No es lo mismo cobrar, forzar el cumplimiento o salir del contrato. Cada objetivo tiene una ruta distinta.

Las herramientas que el contrato ya le dio

  • Requerimiento y constitución en mora. La comunicación que fija por escrito la posición, activa intereses y prepara el terreno.
  • Cláusula penal. Cuándo se puede exigir, cómo se cuantifica y qué relación tiene con la indemnización de perjuicios.
  • Garantías. Ejecución de pólizas, avales, cartas de crédito o garantías mobiliarias antes de que el patrimonio de la contraparte se deteriore.
  • Suspensión de la propia prestación. Cuándo se puede dejar de cumplir sin quedar en incumplimiento, que es una de las decisiones más delicadas del proceso.
  • Terminación. Ejercicio de las causales pactadas, con el preaviso y las formalidades que el contrato exige, para que la salida no se convierta en el nuevo problema.

Cuando lo que quiere es salir

Terminar un contrato antes de tiempo no siempre es un derecho. Depende de lo pactado y de la causa: hay contratos con terminación por conveniencia y preaviso, otros que solo admiten terminación por incumplimiento, y ciertos tipos contractuales tienen reglas propias en el Código de Comercio que las partes no pueden desconocer. Revisamos el texto y la ejecución real antes de recomendar la salida, y cuando la vía limpia es negociar, negociamos.

  • Acuerdos de terminación con paz y salvo mutuo y cierre de cuentas.
  • Transacciones y planes de pago con reconocimiento de deuda.
  • Manejo de inventario, anticipos, garantías vigentes y obligaciones que sobreviven, como confidencialidad y no competencia.
  • Comunicación con clientes y proveedores para que la terminación no arrastre otras relaciones.

Cuando toca escalar

Si la contraparte no responde o la diferencia es de fondo, el caso pasa a reclamación. Preparamos el expediente y coordinamos con nuestras prácticas de Litigios y Arbitrajes según lo que diga la cláusula de solución de controversias. La ventaja de haber trabajado bien las etapas previas es que el caso llega con la prueba ordenada y con la posición del cliente ya fijada por escrito.

Qué recibe

  • Un diagnóstico escrito del incumplimiento, con las opciones y el riesgo de cada una.
  • Las comunicaciones redactadas y listas para enviar, con el registro de su envío.
  • El acuerdo de terminación o de pago, si el asunto se cierra por negociación.
  • El expediente ordenado y la ruta procesal definida, si hay que escalar.

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