Renta de persona natural, residencia fiscal y patrimonio
Cuando una persona tiene ingresos de varias fuentes, vínculos con otro país o activos que no caben en un formulario sencillo, la declaración deja de ser un trámite y se vuelve una decisión con consecuencias. Revisamos su residencia fiscal, la clasificación de cada ingreso, los soportes de las deducciones y su situación patrimonial, y entregamos un concepto escrito que sirve para declarar y para responder después si la administración pregunta.
Todo empieza por la residencia fiscal
Antes de discutir cédulas y deducciones hay que responder si la persona es residente fiscal en Colombia, porque de esa respuesta depende sobre qué rentas y sobre qué patrimonio tributa. Es la pregunta con mayor efecto y también la que más se resuelve de oído, con reglas aprendidas en una conversación y aplicadas a un caso que no era igual.
- Análisis de residencia fiscal a partir de la permanencia en el país y de los vínculos familiares y económicos previstos en la ley.
- Efecto de la salida del país o del regreso, y de los años en que la condición cambia.
- Aplicación de convenios para evitar la doble imposición cuando dos países pretenden gravar el mismo ingreso.
- Tratamiento de rentas de fuente extranjera y de los impuestos pagados afuera.
- Obligaciones declarativas asociadas a los activos poseídos en el exterior.
Clasificación y depuración de las rentas
El sistema cedular obliga a poner cada ingreso donde corresponde, y ahí se define qué costos y deducciones se pueden restar. Un ingreso ubicado en la cédula equivocada no solo cambia la tarifa: arrastra deducciones que dejan de proceder y produce una declaración que después es difícil de sostener.
- Clasificación de cada ingreso: rentas de trabajo, de capital, no laborales, de pensiones y dividendos.
- Depuración de cada cédula y revisión de los soportes de costos, deducciones y rentas exentas.
- Honorarios y prestación de servicios, y efecto de vincular o no personal a la actividad.
- Arrendamientos, rendimientos financieros e inversiones en el país y fuera de él.
- Dividendos y retiros de utilidades de sociedades propias, y su articulación con lo que ya tributó la sociedad.
- Venta de inmuebles, acciones y participaciones, con determinación del costo fiscal y del tratamiento aplicable.
Patrimonio
Revisamos la situación patrimonial del contribuyente para establecer si el impuesto al patrimonio se causa y con qué consecuencias declarativas, y para verificar que lo declarado corresponda a lo que efectivamente se tiene.
- Análisis de la causación del impuesto sobre la situación concreta.
- Revisión de la base gravable y del valor patrimonial de los activos, incluidos inmuebles, participaciones societarias y activos en el exterior.
- Consistencia entre el patrimonio declarado y los movimientos del año, que es lo que suele originar preguntas de la administración.
Cuando la conversación deja de ser sobre una vigencia y pasa a ser sobre cómo se tienen y se transfieren los activos, el trabajo continúa en nuestra práctica de organización patrimonial.
Cómo trabajamos
- Entrevista y delimitación. Establecemos qué se pregunta, sobre qué año y qué documentos existen.
- Revisión. Certificados de ingresos, información exógena disponible, extractos, escrituras, contratos y declaraciones de años anteriores.
- Análisis. Residencia, clasificación de las rentas, soportes de la depuración y situación patrimonial, con las lecturas posibles y su riesgo.
- Concepto escrito. Con la respuesta, su fundamento y las advertencias del caso, en lenguaje que el cliente pueda entender sin ser abogado.
- Acompañamiento. Si la administración pregunta después, la respuesta parte de un análisis que ya está hecho y documentado.
Qué recibe el cliente
- Un concepto escrito sobre su residencia fiscal, la clasificación de sus ingresos y el tratamiento de su patrimonio.
- La lista de los soportes que debe conservar y por cuánto tiempo, con los que faltan claramente señalados.
- Las advertencias sobre las posiciones que son razonables pero discutibles, dichas antes de declarar y no después.
- El alcance y los honorarios acordados por escrito, y el manejo confidencial de la información entregada.
Para quién es
- Personas con ingresos de varias fuentes: salario, honorarios, arriendos, dividendos e inversiones.
- Colombianos que se fueron del país o que regresaron y no saben dónde deben declarar.
- Extranjeros con permanencia prolongada en Colombia o con inversiones locales.
- Socios que reciben dividendos o retiran utilidades de sus propias sociedades.
- Personas que vendieron un inmueble o una participación societaria durante el año.
- Contribuyentes que recibieron una comunicación de la administración sobre una declaración anterior.
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